Sobre todo, conviene leerse atentamente el Anexo II de la Directiva, en donde se explican los procesos de evaluación de la conformidad (ojo, no confundir con una homologación), que tienen que ser efectuados por los denominados Organismos Notificados, entidades
independientes de evaluación y certificación.
Que yo sepa, la Administración náutica española
no es un Organismo Notificado, por lo que no puede emitir certificados de conformidad; las homologaciones que expide son redundantes - e innecesarias, a menos que su propósito sea forzar a unos proveedores cautivos a que pasen por el aro - porque se hacen sobre equipos que ya poseen un certificado de conformidad.
Para más información sobre el marcado:
https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=194833
Por otra parte, varios de los EVDS que existen en el mercado tienen certificado de conformidad CE; por ejemplo:
https://www.odeoflare.com/wp-content...-C-Issue-1.pdf
Y ahora vamos a lo nuestro...
Saludos y
