Hola,
Al que vende a nivel impositivo le da igual una factura que dos y no le debe afectar.
Si comprar el barco por un lado y accesorios por otro, el ITP lógicamente lo va a pagar sobre la factura del barco o las tablas de la AEAT si es que el barco aparece en ellas, si en tablas tiene más valor que el de la factura. Si por lo que sea en la factura el precio es más alto que en tablas, puede atenerse a las tablas directamente pero hay quien ha tenido que discutirlo y quien ha terminado teniendo que pagar según la factura. Y si el barco no está en las tablas, será lo que indique la factura.
En esa parte tengo experiencia propia y ajena. Yo que en su día vivía en Madrid, imagina, le tuve que explicar al de la AEAT todo el tinglado, no había visto en su vida nada relacionado con barcos.
Lo que tengo menos claro es el IM y prefiero no darte pistas falsas, mi primer barco era nuevo de astillero y pagó sobre la factura final de astillero completa, y el segundo no era nuevo pero tenía pagado el IM en España.
