Cita:
Originalmente publicado por fende_testas
- Poder no se puede. No se puede separar el barco de motor, electrónica, accesorios, etc.
- Al propietario le va a dar lo mismo una que dos.
- Legalmente tendrías que pagar IM por todo (y ojo, que hacienda a veces comprueba si hay varias transferencias/pagos). Otra cosa es que puedas "aplazar" la factura y pago de accesorios mínimo un año. Y aún así no hay nada seguro.
- Si está a nombre de una empresa tendrás que pagar IVA (21%).
Un saludo.
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Nadie dice de separar el motor del barco, pq hacienda valora el barco en tablas por el casco y motor, lo que si se puede es hacer al menos en España vender por un lado casco y motor que es lo que se paga de IT y luego otra factura por accesorios.
y creo que si es a particular y el iva esta pagado y tiene mas de 5 años se esta exento de pagarlo.
