Discusión: Pregunta de seguros
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Antiguo 14-02-2023, 11:16
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Respuesta: Pregunta de seguros

Cita:
Originalmente publicado por cappra Ver mensaje
"
La cobertura otorgada por la póliza, surtirá efecto dentro de los mares territoriales y las aguas interiores de España y de los demás países miembros de la Unión Europea, fuera de estos,!en una franja de 200!millas náuticas desde el litoral español!y/o!portugués, así como en el Mar Mediterráneo
incluyendo la!travesía entre!la Península Ibérica! y las Islas Canarias.

En cualquier caso, esta navegación será la autorizada siempre y cuando no
contravenga a! la que tuviese asignada oficialmente la embarcación asegurada
según sus características y conforme a las atribuciones del título de navegación
que posea la persona que gobierne en la embarcación.
El incumplimiento! de! los límites del ámbito de! navegación tal! y como se ha
definido anteriormente, invalidará automáticamente! la cobertura
, a! no ser que
dicha alteración haya! sido comunicada y autorizada previamente por! la
Compañí
a."

Pues según esta cláusula, sacada de las condiciones de mi seguro, NO cubiría nada.
Este tipo de apreciación para mi es esencial para cada uno de nuestros casos particulares, es lo que realmente a mi juicio tiene valor. Por ejemplo, extraido de un seguro anterior que tenía:

Cita:
Salvo ampliación expresa en póliza, Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la
Unión Europea y fuera de éstos en una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués, incluyendo la
travesía entre la Península Ibérica y las Islas Canarias.
Con independencia del Ámbito de Navegación establecido en el párrafo anterior, el radio de navegación quedará en todo
caso limitado al autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes para embarcaciones de su tipo.
El incumplimiento de los límites de navegación establecidos invalidará automáticamente la cobertura, salvo en los casos
en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la Entidad Aseguradora.
Claramente con algo así no te va a cubrir un seguro si estás fuera de tu zona de navegación y de las competencias que te de como patrón tu bandera en relación con tu titulación (si aplica, que no en todos los pabellones se exige título, y no en todos los que lo exigen existe limitación de zona en función del título).

Pongamos por caso un barco con bandera española, autorizado hasta zona 4, fuera de las 12 millas, por muchas vueltas que le demos a si la GC te puede o no sancionar o si tienes el título de Almirante de la Mar Océana, el seguro se va a lavar las manos.

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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback
nico091 (15-02-2023)