Creo que aquí estaría contemplado todo lo que de alguna forma te desconsuela; es un tocho pero así es la legislación.
"Extracciones y hallazgos marítimos"
https://guiasjuridicas.laleynext.es/...KozRDUAAAA=WKE
Pero en la última parte tienes "El derecho a premio se recoge en el art. 362 LNM " que quizá resume un poco las actuaciones que hay o se pueden realizar.
Al menos te reconocen el trabajo invertido.
PD. habría que buscar las actualizaciones de esta ley pero queda claro que algún derecho tienes.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id...reve%20posible.
