Cita:
Originalmente publicado por Bernardo II
No es que pueda aportar mucho pues poca idea sobre el tema, pero bonificación existe en los contratos de atraque de 6 meses y pago por adelantado, en puertos autonomicos o del estado. es un 20% tambíen por lo que tendrá relación.
Y no se hasta que punto es exigible esas tasas cinco años atrás. si no se ha cobrado no se ha cobrado.
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Buenas, no hay duda de que es exigible esas tasas, ten en cuenta que la deuda es contraída con la Agencia Tributaria y en base al artículo 66 de la Ley General Tributaria, una deuda tributaria prescribe a los cuatro años. Y te aseguro que que cuando Hacienda te busca, te encuentra y finalmente cobrará esa deuda de la manera que sea.
Saludos