
14-04-2023, 14:24
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Pirata pata palo
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Re: Nueva reglamentación; Lista 7° ya a puede alquilar 3meses/año?
Cita:
Originalmente publicado por pepon11
pero amigo es que decimos cosas y después nos contradecimos, nosotros mismos, te parece bien que cada uno haga lo que quiera con su barco, siempre ateniéndose a !! la legalidad !! y no te das cuenta que la legalidad es precisamente esa, que un barco en lista 7ª se use solo para uso particular, y para alquilar o comercializar se usen los barcos en lista 6ª eso se legislo y se aprobó así, y lo que dices de " los que viven en el barco " eso es otra cuestion que habría que mirar con lupa, el barco es suyo, por supuesto pero la parcela donde está ubicado no lo es, en terreno es del municipio, y el uso de la lamina de agua lo regula la autoridad portuaria y puertos del estado, ? no sabes que existe un IBI y que los ayuntamientos cobran ese impuesto, lo que llamamos la contribución, tienes un ej, en las autocaravanas, no pueden llegar a un lugar y establecerse allí como vivienda, el vehículo es del propietario, por supuesto, pero el solar o la parcela donde se estaciona no es de su propiedad, eso es un tema mejor no tocarlo, y dejarlo como está si un club le permite a un usuario vivir en su barco, pues nada que siga viviendo pero el lugar no reune las condiciones de habitabilidad que se necesita para ubicar un vehículo y habilitarlo como vivienda, asi que eso lo dejamos,
como está y aquí paz y allá gloria
saludos
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En el momento que se apruebe el RD, será legal alquilar tu barco. O no alquilarlo. A eso me refiero.
Tenía entendido que el espejo de agua pertenece al estado, no al ayuntamiento., pero que puedes empadronar te en el barco. 
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