Cita:
Originalmente publicado por Erikblade
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LEB**. en este punto dos dudas:
1. si los equipos actuales son los mismos que montaba cuando estaba abanderado en España, siguen siendo válidos o hay que cambiar.
2. si se ha cambiado algún equipo tiene que ser por uno aprobado por DGMM?
3. dado que el barco proviene de otro pais de la UE si el pais de procedencia tenia autorizados los equipos siguen siendo válidos?
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Te contesto lo que sé:
1. Tendrás suerte si te admiten los equipos que el barco tenía cuando estuvo abanderado en España. La razón es que cuando te dan la baja de bandera, también te dan de oficio la baja de la LEB y del MMSI. Lo más probable es que al abanderar de nuevo te expidan una LEB "de nuevas", con un MMSI distinto del que tuvo en su momento. En estas condiciones, si los equipos han perdido la "homologación", no te los admitirán.
2. Todos los equipos que declares en la LEB tienen que tener la "homologación" de la DGMC en vigor. Si tienes algún equipo no "homologado", tendrás que desinstalarlo, tirarlo o venderlo, por muy bien que funcione o mucho marcado CE o MED que lleve.
3. No. Para que te aprueben los equipos, no sólo tienen que estar "homologados", sino que cada equipo tiene que llevar una etiqueta adhesiva con el número de "homologación" de la DGMC. Es sumamente improbable que un equipo instalado en el extranjero la tenga.
Por último, ten en cuenta que la DGMC exige que la "instalación" de equipos de radiocomunicaciones la haga un "instalador autorizado".
¡Bienvenido a la DGMC!
Saludos y
PS: habrás visto que he entrecomillado los términos a los que la DGMC da una interpretación, digamos, particular.
