Cita:
Originalmente publicado por Es Talaier
Pues que al igual que la balsa, tiene que ser
la DGMM quien te diga si ellos la consideran válida, ni el sentido común, ni el fabricante ni nada, solo ellos. Si no se encuentra entre las marcas homologadas, te servirá para todo, menos para evitar la multa, siempre y cuando por zona tengas establecida dicha obligación y te encuentres en un lugar donde
la normativa te lo imponga. La empresa que te lo gestione te puede informar de ello.
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Eso que dices es así para los barcos de pabellón español.
Sin embargo, la DGMC no tiene absolutamente ninguna atribución sobre los equipos de radiocomunicaciones de los barcos de pabellón extranjero, para los que rige
en todo caso la normativa del país de abanderamiento.
Para la balsa se aplica lo mismo: la DGMC sólo puede exigir a los barcos de pabellón extranjero el material de Zona 4, y la balsa salvavidas no figura entre dicho material. Es decir, ni siquiera te la pueden inspeccionar, es como si no existiera.
Vamos a dejarnos ya de mirar a la DGMC como si fuera una especie de Leviatán todopoderoso y vamos a empezar a verla como lo que es (que me lo callo

).
Saludos y
