como ya te han dicho, desde que has hecho un contrato de compraventa el barco ya es propiedad del comprador y es él el que tiene que notificarlo y poner el barco a su nombre.
Si no lo hace es su problema y en el hipotético caso de que te llegaría una notificación o una sanción a tu nombre no tienes más que presentar el contrato de compraventa para demostrar que no es tuyo y ya quedas libre de responsabilidad.
Yo no pagaría ninguna tasa de un barco que ya he vendido.
Yo lo que recomiendo es que en el contrato de compraventa se ponga la fecha y la hora tambien y a partir de esa hora lo que pase con el barco queda bajo la responsabilidad del comprador.
Por otro lado, como comprador, nadie debería comprar un barco si el vendedor no le da TODOS los documentos originales del barco y comprobando con el DNI que están realmente a su nombre. Nada de fotocopias ni fotografias ni lios: documentación original y con su nombre.
