Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
Bien, pero mal…
Hay una serie de cosas que no tienen atribuciones para inspeccionar: equipos de comunicaciones, lo que incluye todas las radios, el AIS y la radiobaliza, entre otros; balsa salvavidas, que en Zona 4 no es obligatoria y fuera de Zona 4 no estás sometido a la normativa de la Chatarrera; las luces de los chalecos sólo son obligatorias si haces travesías nocturnas; el espejo de señales ya no es obligatorio en ningún caso; y por último, la Administración polaca asigna un número de serie en ausencia de Número de Identificación de Casco, esto es, a los barcos construidos antes de 1972, y eso no invalida el registro, porque es normativa nacional polaca, en la que la DGMC no puede meterse.
La seguridad jurídica con la DGMC es para echarse a temblar…
Por último, ¿dónde ha sido esto?
No brindo.
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Lo que querían era asegurarse de que había desprogramado el MMSI de los equipos. Cuando pides la baja en España tienes que hacer una declaración responsable de desprogramacion del MMSI.
Lo de la balsa, entiendo que si la llevas a bordo pues te la pueden mirar estés donde estés, aunque no lo tengo del todo claro leyendo el RD.
El espejo de señales seo enseñé yo, porque tengo todo en una bolsa que yo llamo la bolsa de abandono, donde tengo las bengalas, linterna, medicamentos, vhf portátil, fundas estancas, comida , cuchillo,etc.
Lo comentado sobre el número de serie del casco, a menos que el barco tenga marcado CE , Polonia asigna un número que empieza por PL y claro, si esto no coincide con el número de serie del casco pues ya tenemos un problema. A mí ya me pasó con otro barco y no pude cambiarlo por lo ya comentado.
Para quien vaya a abanderar le aconsejo que insista en este aspecto para evitar problemas.