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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: ¿que tal el fondeo en Malpica?

El título del hilo es:

¿Qué tal el fondeo en Malpica?

Celebro que te encuentres por las Rías Baixas pico.
Que te guste Malpica si decides visitarla.

No sé cómo se lo tomará Borrasca.
( A tu disposición para lo que gustes, si mi comentario no te parece correcto )

Dado que fui yo, el que pude generar otro debate. Al hacer mención a la toponimia.
Por si a alguien le interesa mirar el tema.

Cada cual con sus ideales.


Antes, las matriculas de los vehículos, establecidas por provincias.
Establecieron algunos cambios.
Lo que era Ge, pasó a ser Gi de Girona.
Lo que era Or, pasó a ser Ou de Ourense.


En Galicia

Toponimia oficial y Nomenclátor de Galicia

https://www.xunta.gal/toponimia-e-no...r?langId=es_ES

La toponimia de las provincias, parroquias, ayuntamientos y lugares de Galicia, de acuerdo con los dictámenes de la Comisión de Toponimia y con las normas dictadas por la Xunta de Galicia, puede consultarse a través del servicio de consulta del Nomenclátor de Galicia mediante una busca guiada o una busca directa.

En el Nomenclátor figuran los nombres oficiales de las entidades de población. Para la recogida, normativización y digitalización de toda la microtoponimia de Galicia se inició el Proyecto Toponimia de Galicia (PTG), que en su buscador ofrece resultados parciales sobre los nombres de entidades humanas, tierras, aguas, vías y accidentes geográficos.

Principios normativos
La toponimia oficial se elaboró con base en los principios normativos siguientes:

Ley 3/1983, del 15 de junio, de normalización lingüística (DOG 14.07.1983). En su artículo 10 establece:

Los topónimos tendrán cómo única forma oficial la gallega.

Corresponde a la Xunta de Galicia la determinación de los nombres oficiales de los municipios, de los territorios, de los núcleos de población, de las vías de comunicación interurbanas y de los topónimos de Galicia.

El nombre de las vías urbanas será determinado por el Ayuntamiento correspondiente
Estas denominaciones son las legales a todos los efectos y la rotulación tendrá que concordar con ellas.
La Xunta de Galicia regulará la normalización de la rotulación pública respetando en todos los casos las normas internacionales que suscriba el Estado
Decreto 174/1998, del 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 43/1984, del 23 de marzo, por el que se regulan las funciones y la composición de la Comisión de Toponimia (DOG del 22.06.1998)

Decreto 132/1984, del 6 de septiembre, por el que se establece el procedimiento para la fijación o recuperación de la toponimia de Galicia (DOG del 21.09.1984)

Decretos da toponimia oficial

La toponimia oficial está recogida en los siguientes decretos:

A Coruña - Decreto 189/2003, del 6 de febrero, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de A Coruña (DOG del 25.03.2003)

Lugo - Decreto 6/2000, del 7 de enero, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Lugo (DOG del 25.01.2000)

Ourense - Decreto 332/1996, del 26 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Ourense (DOG del 29.08.1996)

Pontevedra - Decreto 219/1998, del 2 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Pontevedra (DOG del 28.07.1998)


No simpatizo con el regidor de la ciudad de Vigo.
Tiene demasiadas luces.

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ROyOR (15-08-2023)