Hay muchas policías locales que incluso tienen embarcaciones de lista octava, que por delegación de la correspondiente Capitanía Marítima, tienen potestad, para denunciar,ante ésta, las infracciones que detecten, siendo la Capitanía Marítima, la que tramite el expediente sancionador, si lo cree conveniente, ya que las mismas no tienen medios ni personal, salvo las diferentes policías, para efectuar ésos controles.
