Si la climatología lo permite, es nuestra intención el comenzar con alguna travesía en el que empezaremos a navegar por zonas que requieren portar las cartas y derroteros:
c) Cartas náuticas. Se llevarán las cartas actualizadas que cubran los mares por los que se navegue y los portulanos de los puertos que se utilicen, así como los útiles necesarios para su uso.
d) Publicaciones náuticas. Son obligatorios el Derrotero y el Libro de faros y señales de niebla, actualizados de la zona en que navegue, y el Anuario de Mareas del año en curso, excepto en el Mediterráneo. Además, en zonas 2 y 3, el Libro de radioseñales actualizado y, en zona 1, el Manual para uso de los servicios móvil marítimo y móvil marítimo por satélite, el Nomenclátor de las estaciones costeras y de las estaciones que efectúan servicios especiales (Lista IV) y el Código Internacional de Señales, actualizados
La duda es si estas cartas y publicaciones solo son validas las publicadas por el IHM o cualquiera de las publicaciones disponibles en las tiendas de de náutica.
Y una duda mas ¿las cartas náuticas deportivas son suficientes a los efectos de cumplimento de la normativa?
Gracias de antemano
