Aqui un link del Ministerio de transporte Movilidad y agenda urbana, y muy claro
https://www.bing.com/ck/a?!&&p=80fda...cmVjcmVv&ntb=1
Uy uy uy cada vez entiendo menos de verdad, creí que había zanjado el asunto hara unos tres años
releyendo cuidado que dice buques de recreo ¡¡¡¡ según la definición barcos mayores de
24 metros
Tampoco entiendo que hay paginas que aluden al "Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo."
y hablan de los requisitos VHF, cuando el RD no hace ni mención a ese apartado. Más madera