Discusión: PER Buques De Pesca.
Ver mensaje
  #10  
Antiguo 24-10-2023, 00:01
Avatar de SAMORP
SAMORP SAMORP esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 16-03-2009
Mensajes: 670
Agradecimientos que ha otorgado: 178
Recibió 165 Agradecimientos en 122 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Buques De Pesca.

Cita:
Originalmente publicado por Manila1886 Ver mensaje
La expresión "buque con capacidad de maniobra restringida"
significa todo buque que, debido a la naturaleza de su trabajo,
tiene reducida su capacidad para maniobrar en la forma exigida
por este Reglamento y, por consiguiente, no puede apartarse de
la derrota de otro buque.
La expresión "buques con capacidad de maniobra restringida"
incluirá pero no se limitará a:
I) buques dedicados a colocar, reparar o recoger marcas de
navegación, cables o conductos submarinos;
II) buques dedicados a dragados, trabajos hidrográficos, oceanográficos u operaciones submarinas;
III) buques en navegación que estén haciendo combustible o
transbordando carga, provisiones o personas;
IV) buques dedicados al lanzamiento o recuperación de aeronaves;
v) buques dedicados a operaciones de limpieza de minas;
VI) buques dedicados a operaciones de remolque que por su
naturaleza restrinjan fuertemente al buque remolcador y su
remolque en su capacidad para apartarse de su derrota;

Me reafirmo en la C, que es la única situación de las descritas en la que el buque está realizando un maniobra que restringe su gobierno.

correcto es la C la qhe han dado por buena.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SAMORP
Manila1886 (24-10-2023)