Cita:
Originalmente publicado por Sekutrack
Tres comentarios,
El silbato y la luz es OBLIGATORIO por ley.
Los activadores de Hammar, son buenos y caros. Casi te compras un chaleco por lo que vale reponer uno.
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Como de costumbre, hay que profundizar algo más:
El silbato está especificado como obligatorio por la serie de normas UNE-EN ISO 12402.
La luz sólo está especificada como obligatoria por el RD 339/2021, más conocido como el panfleto de la Chatarrera, en determinadas condiciones:
"No obstante, en las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 4, 5, 6 o 7, que realicen exclusivamente navegaciones diurnas, se podrá prescindir de la luz."
Es decir, la luz sólo es obligatoria en Zonas 1 a 3, y
de noche en Zonas 4 a 7. Por otra parte, esto sólo es aplicable en su totalidad a los barcos de recreo de bandera española; a los barcos de recreo de bandera extranjera sólo les es exigible la luz
de noche y dentro del límite de 12 millas.
Saludos y
