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Antiguo 04-01-2024, 06:54
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Curroalberola Curroalberola esta desconectado
Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Velero incendiado en Nochevieja con una bengala

Habiendo aclarado que son lumbreras y no casetas bajas para dar ventilación e iluminación al interior, creo que la única posibilidad de que los dueños del barco puedan recuperar el coste del arreglo es que en el juicio (que ya os digo yo que se celebrará en rebeldía porque los acusados no se van a presentar) se declare al carguero y por tanto a la compañía de seguros del carguero como responsable civil subsidiario.
No se que posibilidades hay al respecto pero en mi humilde opinión si existe alguna posibilidad es porque el suceso y los daños han sido provocados con elementos del propio carguero (las bengalas) y creo que por ahí podría haber un resquicio.
Si en lugar de hacerlo con una bengala del carguero lo hacen con un mechero y estando fuera de servicio pues no, pero aun estando de permiso al haber utilizado material del propio barco podría tener cabida.
Supongamos, por hacer una analogía, que los tres marineros, que están de permiso, cogen esa noche un bote salvavidas del carguero y se van a dar una vuelta por la dársena del puerto, y en su deambular pasan por encima de un kayak que está haciendo deporte y lo matan.
¿Es responsable civil subsidiario el carguero y por tanto la compañía de seguros del mismo?
Yo entiendo que si, pero expertos habrá que podrán opinar.
También podría ocurrir que declaren responsable civil subsidiario a la naviera, pero la compañía de seguros de esta se desentienda porque el suceso no está contemplado en las condiciones del seguro, pero siempre será mas fácil cobrar de la naviera que de los tres ucranianos.
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J.R. (04-01-2024)