Cita:
Originalmente publicado por Vikingen
Buenas a todos los amantes de la mar!
Una ronda para todos!
Tengo el título de patrón sacado en Suecia. Sabe alguien si para navegar en España o poseer un barco con bandera española se necesita homologar?
Un saludo
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Buenos días cofrade:
El RD 875/2014 reconoce los siguientes títulos suecos:
- Förarintyg
- Kustskepparintyg
- Utsjöskepparintyg
No obstante, este reconocimiento sólo alcanza a los ciudadanos suecos o a residentes en Suecia.
Además, se aplica la celebérrima DA 5ª del RD de marras, según la cual;
"... en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad."
enrevesado galimatías que sacó la DGMC en un intento infructuoso - otro más - de hacer la puñeta a los navegantes españoles con barco de pabellón extranjero.
Saludos y
