Re: Fallo genérico en Suzuki 90 corrosión
Otra duda que me surge.
Tengo una embarcación alternativa de 1999 cuya motorización máxima autorizada en el certificado CE es de 70 kW. Si lo pasamos a CV son 95CV.
Pues esta embarcación viene con un motor de 100CV.
El dueño me dice que lo compre o no, a mi criterio, que con el 70CV que tenía andaba poco y tiene ahora un 100CV.
Antes había que registrar los cambios de motor en capitanía, pero creo que ahora no. simplemente llevar la factura para justificar, si me para la GC que no es un motor robado, pero claro en la factura pone 100CV y en el motor también hay un adhesivo (que no siempre se pueden quitar porque les echan laca encima).
al ser un barco antiguo es difícil que consigan la ficha del certificado CE ya que es de 1999. ¿cual es la situación legal si decido comprar ese motor?
No tengo ni idea. Existe el redondeo es decir si los máximos CV son 95 se puede redondear a 100CV por no existir de 95? ¿A que riesgos estoy expuesto si opto en comprar ese barco con 5 CV mas de lo autorizado? Si lo pasara a bandera Polaca y me para la GC en España estoy sometido al mismo problema? La bandera polaca no exige nada sobre las motorizaciones... es por valorar opciones.
todos los barcos que busco me salen cojos, mancos o tuertos... los que están perfectos no llegan ni a ser anunciados y se quedan en el puerto y lo compra algún amiguete.... me parece a mi.
|