Otra cosa diferente es que el "artefacto naval" entre dentro de la categoría de embarcación o buque, con su matrícula y su medio de propulsión, entonces podrías estar fondeado sin mayor limitación que las normas locales. El problema no es la distancia, el problema es la plataforma.
Le hice la pregunta este pasado verano al teniente de la guardia civil , de la patrullera que suele andar por la zona en la que yo navego , si podía tener por ejemplo , un velero de 10 metros , fondeado con ancla todo el año en una zona que no interrumpiera la navegación y me respondió que no, que ellos si estas una semana hacen la vista gorda y no te dicen nada . pero si son mas días lío , y lo de poner un muerto y amarrarte eso si que no esta permitido , para eso tienes que pedir permiso a costas y no recuerdo a quien mas me dijo y hacer un estudio de ocupación , pagar un canon y que entonces igual te otorgaban una licencia de ocupación por un tiempo determinado .


