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Originalmente publicado por Pakote
Buenos días a todos. Lo que yo entiendo es que te están pidiendo la misma documentación que le pedirían a una empresa que haga trabajos en otro centro de trabajo, que en este caso es el varadero, y se aplica el art. 24 de la Ley 31/95 de PRL, en el que se establece la coordinación de actividades empresariales. Como ya se ha dicho, en caso de cualquier accidente dentro del centro de trabajo del varadero, la responsabilidad es del varadero.
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La cuestión es si un varadero es un "centro de trabajo" en sentido legal, porque la cosa tiene muchos matices (
https://www.coordinacionempresarial....ro-de-trabajo/). De hecho, es un área en la que trabajan múltiples empresas y particulares. Pero un "centro de trabajo" es normalmente una dependencia ligada a una empresa en concreto. A ver, si yo voy a configurar un wifi a una nave industrial, claro que esa nave es un centro de trabajo de la empresa cliente, y me puede exigir (y lo hace) que realice el curso PRL pertinente (que suele ser una charla de una hora sobre obviedades, firmar el papel, y ya). Pero en el caso de un varadero, que es un espacio compartido, y más aún, si es el propio armador el que realiza trabajos en su barco, dudo mucho que sea aplicable.
Y lo de que la responsabilidad sea del varadero, no es nada lógico. La responsabilidad es de quien sea responsable, que diría Forrest Gump. Conozco desgraciadamente casos de accidentes laborales con todos los papeles en regla, por negligencia o porque se han saltado a la torera las normas de seguridad. Y el responsable es el que hace las cosas mal, no el dueño del local. El papeleo es simplemente una forma de exoneración; así la empresa puede decir "a nosotros nada, este señor ya ha hecho todos los cursos y es culpa suya".