Cita:
Originalmente publicado por jonam52
Segun la ley de costas eso es terreno publico, es decir, de todos. En ese terreno se permite la construcción de un varadero para dar servicio a los barcos: a todos, a los privados y a los profesionales. La gestión de ese varadero la puede llevar la propia administración contratando funcionarios etc. o la puede "ceder" a un empresa privada mediante una "concesión" es decir, con un contrato con unas obligaciones por un tiempo limitado durante el cual el objetivo del varadero no se puede cambiar: tiene que dar servicio a todos, particulares y profesionales porque sigue siendo propiedad pública de todos.
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Jonam, no estoy de acuerdo. Una marina o un club náutico -igual que un varadero-, se establecen en terreno del estado regulado por la ley de costas, pero una vez tienen la concesión establecen reglas de acceso y seguridad. Y si quieren, esto es, si eres alguien que pasaba por alli y se pone, por así decirlo, a curiosear sin tener barco ni venir a ver a su primo a su barco ni nada parecido, te pueden negar la entrada en el primer acceso.
O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno".
Otra cosa que en un rato voy a mirar es el tema de PRL, si es aplicable a un señor que va a hacer bricolaje en su barco mientras el barco está en el varadero.