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Antiguo 09-03-2024, 17:14
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
El ordenamiento jurídico español señala que la capacidad de obrar plena se obtiene a los dieciocho años de edad (artículos 315 y 322 del Código Civil).

Será a partir de esta edad cuando se pueda actuar libre y responsablemente dejar de estar sometido a la patria potestad o a la tutela.

Así que, salvo que obtengas una "emancipación", no podrás tener una barca a tu nombre hasta los 18 años.

De todas maneras... no te quedes con lo que escribí yo. Pregunta mejor en el foro específico que es el de "Cuestiones legales y Asociaciones" en donde suelen responder personas con más experiencia en esos temas.

https://foro.latabernadelpuerto.com/...splay.php?f=62
Koldo le ha puesto un piso a nombre de su hija pequeña. Eso sí con dinero de nuestros impuestos
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Mariate (13-03-2024)