Cita:
Originalmente publicado por humpback
jeje menudo follón  , esta parte era para el cofrade masivas que sí es residente fiscal aquí, cpasabor que no lo es ya lo tiene claro por lo que veo.

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Gracias por la aclaración. No me había dado ni cuenta de que se habían cruzado los mensajes; en todo caso, la exención de pago del IEDMT para barcos puestos a flote en España anteriores a la introducción del impuesto es aún válida.
Saludos y
