Cita:
Originalmente publicado por Don Mendo
Desde la posición del abogado de otro ámbito y que por tanto puede decir todas las burradas del mundo sobre esto: ¿esto no debería estar previsto en el pliego de condiciones de la licitación?
A ver si hay algún cofrade de derecho público… porque así por sentido común no me queda claro que en un servicio fruto de una licitación uno pueda empezar a restringir “por su cara bonita” quién puede o no puede prestar servicios. Resulta que yo podría haberme presentado al concurso pagando mucho más que otros ya teniendo pensado no dejar trabajar a nadie que no fuera yo mismo, y los otros el precio de oferta lo habrían presentado sin tener en cuenta estos ingresos.
En fin, no sé no sé, a ver si hay alguien con conocimiento de causa que nos ayude porque esto empieza a pasar en todos los puertos (el mío incluído).
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pues yo no me quiero meter en lios porque no soy abogado y al final esto tambien es culpa nuestra por no defender nuestros derechos, pero si que me he leido la ley de puertos de Cataluña y ahi dice bien claro que los servicios del puerto son servicios publicos que tienen que estar a disposición de todos los navegantes, propietarios y tripulantes de las embarcaciones de recreo. Dudo mucho que una sociedad privada pueda restringir el acceso a los servicios publicos a los particulares sin decir qué ley o que decreto les permite hacer eso.
Cuando llegue a mi puerto yo por lo menos no me voy a dejar y si tengo que ir a un abogado iré.
De momento hay una via para reclamar que es pedir el libro de reclamaciones, y tambien se puede ir al Ayuntamiento y poner una reclamación ante la comunidad autónoma que eso no cuesta dinero y ahi te tienen que poner por escrito si eso está bien o no y en base a que leyes lo pueden aplicar. Si eso no funciona, tambien el defensor del pueblo es gratis...
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