Cita:
Originalmente publicado por Kiro

Las cartas suelen macar las zonas de permiso/prohibición fondeo en las inmediaciones de los puertos.
Buena proa.
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He mirado varias, y no lo veo.
En todo caso, y agradeciendo las intervenciones, reitero la pregunta inicial: a efectos de fondeo de embarcación y práctica de buceo con botella, legalmente ¿Qué distancia hay que guardar respecto a un canal de entrada y salida de un puerto ?
Si es que legalmente existe esa distancia, claro.
