Re: Cada vez más banderas polacas en veleros españoles...
A mi también me gusta llevar el pabellón español, sin prejuicios respecto a otros, pero hay que reconocer que cada vez nos lo ponen más complicado.
La reflexión a hacer, dado que nadie nos impide abanderar en Polonia, es si no deberían de hacer algo al respecto.
Y la respuesta que ha habido a esta tendencia es intentar obligar a los navegantes deportivos que naveguen por España bajo cualquier pabellón, siempre que tengan su domicilio en España, a llevar el material de seguridad para zona 4, 12 millas. Más no, porque a pesar de que les gustaría, no tendrían jurisdicción para realizar las comprobaciones.
O sea, no queréis café, dos tazas. Se ve que no entendieron que lo de hacer algo se refería a facilitar y abaratar los trámites, no a tratar de complicarles la vida a los que huyendo de la burocracia y las normativas absurdas de nuestro pabellón, optaron por, a su pesar, abanderar donde han podido.
Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Este real decreto se aplicará a todas las embarcaciones de recreo que se hallen en alguna de las situaciones siguientes:
a) Estén matriculadas, inscritas o preinscritas en España.
b) De conformidad con la legislación vigente, desarrollen una actividad con fines comerciales o lucrativos en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, cualquiera que sea su Estado de pabellón.
c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España.
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No terra sed aquis.
Editado por flipk12 en 15-07-2024 a las 14:54.
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