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Antiguo 17-07-2024, 18:59
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Costera de Bonito 2024

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Originalmente publicado por TXELFI Ver mensaje
Se cierra la pesquería de Patudo (Thunnus Obesus) para el Atlántico a partir de las 00 horas del día 19 de Julio, o lo que es lo mismo, mañana a final de jornada.
Lo siento, no es culpa mía
RESOLUCIÓN DE JULIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN
PESQUERA Y ACUICULTURA POR LA QUE SE ESTABLECE EL CIERRE DE LA
PESQUERÍA DIRIGIDA DE PATUDO (Thunnus obesus) DEL OCÉANO
ATLÁNTICO (STOCK BET/ATLANT) PARA LA LISTA F DEL CEPA “RESTO DE
FLOTAS”
La Orden APA/372/2020, de 24 de abril, regula la pesquería de patudo (Thunnus
obesus) en el Océano Atlántico y establece un censo de buques autorizados a la
pesca de patudo.
La Resolución de 3 de abril de 2024, de la Secretaría General de Pesca, publica
el censo específico de buques autorizados a la pesca de patudo en el Océano
Atlántico (CEPA) y la asignación de cuotas de patudo (Thunnus obesus) para los
distintos grupos que lo componen, para la campaña 2024.
En base a las cantidades establecidas en las normas mencionadas, y a la vista
de los datos actuales de consumo de patudo en aguas del Océano Atlántico (stock
BET/ATLANT) que obran en poder de la Secretaría General de Pesca, procedería
el cierre de la pesquería dirigida para el grupo “resto de flotas” del CEPA.
En consecuencia, resuelvo:
 El cierre de la pesquería dirigida de patudo en aguas del Océano Atlántico
(stock BET/ATLANT) a partir de las 00:00 h (hora peninsular) del 19 de julio
de 2024 para todos los buques con pabellón español pertenecientes a la
lista f) “resto de flotas” del CEPA.
 A partir de ese momento los buques de esta lista tan solo podrán realizar
capturas de patudo que se produzcan de manera accesoria durante la costera
del bonito. (no superar el 5% del total de capturas, en peso o en nº de ejemplares
en el desembarque)
 La pesca recreativa permanece abierta por no haberse agotado aun la cuota
reservada para la misma.
 Las infracciones a las anteriores disposiciones se sancionarán conforme a la
Ley 3/2001, de 26 de marzo de Pesca Marítima del Estado.
Madrid, a 17 de julio de 2024
LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUICULTURA.
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