El reglamento está claro, una cosa són los equipos obligatorios para la zona en que se navegue y otra el resto de equipos que se pueden instalar a bordo.:
- De cara a la ITB el equipo necesita la certificación SOLAS para ser homologado. Por cierto me he quedado muy sorprendido de que la Icom no sirva.
- Cualquier otro equipo puede ser instalado previa autorización de Marina, pero ello no implica su aceptación en la ITB. O sea, que no se puede iinstalar a bordo ningún transmisor de comunicaciones sin que Marina te lo autorice, para lo que un instalador autorizado ha de certificar la correcta instalación.
- Un equipo de radioaficionado puede cumplir con los requisitos de Marina, pero si se abre de bandas no es válido para tenerlo en la licencia de radioaficionado.
- Para ser legal del todo un radioaficionado ha de legalizar el equipo por ámbos lados, pero en todo caso su uso a de ser exclusivo del servicio de radioaficionados.
Ahora toca ver como trampeamos para conseguir lo que consideramos justo.