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Antiguo 25-08-2024, 22:10
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Capitán pirata
 
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Originalmente publicado por Cozumel Reefs Ver mensaje
Pues estamos diciendo lo mismo; el "derecho procesal" es sobre el procedimiento: las fases, como presentar las pruebas, plazos, tipo de recursos, si de deben grabas los videos, a quién distribuir las pruebas, quien puede ser parte ect etc

Una vez cumplido eso, se va al tipo de proceso, en este caso es "proceso penal" porque así lo ha establecido la fiscalía (podia ser civil) y ahi es esa máxima "quien acusa debe probar" eso solo cabe en PENAL para romper la presunción de inocencia y añado otra "en caso de duda siempre favorable al reo" o "en caso de leyes contradictorias, la mas favorable al reo"

Pero esa máxima no se aplica en procesal, procesal no condena ni emite sentencias, ni PRUEBA NADA, lo prueba el PROCESO PENAL
Nuevamente no. Quién alega debe probar es una máxima común a todos los procedimientos sean o no penales y las sentencias ponen fin a los procesos. Sus características, así como las de los autos, diligencias etc. se recogen en las correspondientes leyes de enjuiciamiento y no en el código penal ni en el civil.

No creo que esta clase de introducción a las diferentes ramas del derecho le interese mucho a nadie. Aquí lo dejo pero por favor un poco de rigor si nos metemos en temas jurídicos.

Editado por Argu en 25-08-2024 a las 23:16.
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Argu
Enrana (26-08-2024)