Buenas, cofrades:
Pues resulta que esa mezcla de leviatán burocrático y de Gran Hermano en que se ha convertido la UE (Orwell se quedó corto...

) que está fiscalizando todo (motores de gasóleo, tapones de envases, etc.) la ha tomado ahora con los dispositivos AIS-MOB.
El comité de Comunicaciones Electrónicas de la CEPT (Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones), en su documento ECC/DEC/(22/02) "Regulation to operate Autonomous Maritime Radio Devices (AMRD) in CEPT" dice, entre otras cosas:
- Que a partir del 1 de enero de 2025, sólo estarán autorizados a emplear los canales específicos para AIS los equipos AIS-MOB de clase M (es decir, los que tengan instalado un receptor DSC).
- Que los que no lo tienen (es decir, la inmensa mayoría), estarán prohibidos.
Aquí está el texto del documento:
https://docdb.cept.org/download/4055
Y aquí la lista de países que lo han implantado:
https://docdb.cept.org/implementation/28560
Vale, y ahora, ¿qué?
Como se puede ver, hay muchos países que todavía no han respondido, algunos que han dicho que sí, uno (Reino Unido) que va a implantar una medida intermedia que no parece mal traída y un par de ellos (República Checa y Serbia


) que han dicho que naranjas de la China.
En mi caso particular, como no tengo ninguna intención de cambiar los AIS-MOB que compré hace un par de años, y como el intervencionismo de estos chupatintas no me gusta lo más mínimo, me voy a acoger a lo que dice el convenio SOLAS:
"Ninguna disposición del presente capítulo impedirá que un buque, una embarcación de supervivencia o una persona en peligro emplee todos los medios de que disponga para lograr que se le preste atención, señalar su situación y obtener ayuda."
De acuerdo con esto, considero que entre todos esos medios está mi AIS-MOB, y lo voy a seguir llevando hasta que se caiga de viejo.
Saludos y

para los cofrades y lo que ya os podéis suponer para los metomentodos de la CEPT.