La presunción de inocencia debe prevalecer ante la duda. No hay ninguna ley que exprese que el patrón tenga que ser el armador o que este tenga que estar a bordo. Mientras no exista una denuncia por robo de la embarcación, te pueden identificar y tomar los datos por si la hubiera, pero mientras tanto, eso no es ningún delito.
Otra cosa es que te impongan alaguna sanción sin identificarte directamente (fondeo irregular, etc.) y que la sanción vaya directamente al armador, o sea, a tu familiar.
