Re: Documentacion a bordo
Hola:
Certificado de navegabilidad.
Certificado de Registro español/Permiso de navegación (es un mismo documento)
Los demás no son estrictamente necesarios llevarlos a bordo. No obstante, como son documentos que acreditan el cumplimiento de determinadas obligaciones, llevándolos a bordo -ante una posible denuncia del Servicio Marítimo de la GC- te evitarás tener que acudir a la Capitanía Marítima en el plazo de 5 días para justificar que los tienes.
Lo anterior se refiere al justificante de pago del seguro y a la hoja de asientos.
De los demás, ninguno.
Saludos.
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