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Originalmente publicado por yoyete
Hola a todos,
Acabo de sacar el examen de patrón de yate en Andalucía y estoy planteándome seriamente ir a por el de capitán, pero tengo una duda, a ver si alguien puede aclarármela...
Si sacas el PNB puedes no hacer las prácticas y tratar de sacar el PER, haciendo después las prácticas de este último. Es totalmente lógico ya que el temario del PNB es parte del del PER, de hecho te convalidan parte de la teoría. La pregunta es si ocurre algo similar entre patrón y capitán de yate. Es decir, ¿puedo presentarme a capitán de yate sin haber hecho las prácticas de patrón de yate?. Supongo que no, pero mejor asegurarme...
Saludos y 
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Buenos días compañero, te voy a explicar de una manera un poco a lo bestia, como es la cuestión, con ánimo de que lo entiendas mejor,
1ª parte, tu ya has aprobado el exámen teorico de P Y, pero hasta que no hagas las prácticas de P Y nunca tendras tu título de P Y
2ª parte, tu te puedes presentar al examen de C Y cuaando quieras y donde quieras, y por supuesto aprobar ese examen pero no podrás solicitar el título de C Y hasta que no tengs el título de P Y en la mano, y para tener ese título en mano no te queda otra opción que hacer las prácticas de P Y
3ª parte cuando tengas tu título de P Y en la mano, y tu examen de C Y aprobado para solicitar tu título de C Y tienes que hacer las prácticas de C Y, y con eso ya puedes solicitar tu título de C Y
Es la norma saludos