Cita:
Originalmente publicado por neiromancer
utilizado, de un particular, en el territorio de España continental
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Al tratarse de la compra a un particular, debes pagar el Impuesto de
Tansmisiones Patrimoniales. Dependiendo de la comunidad en la que
residas, así será el porcentaje sobre le precio que figure en el contrato
de compraventa o en las tablas de Hacienda (el mayor de los dos).
Debes comprobar si está liquidado el Impuesto especial sobre determinados
medios de transporte. Si no está pagado (solo se paga una vez en la vida del
barco), tendrás que liquidarlo. Es del 12% sobre el valor que hayas utilizado
para liquidar el Impuesto de Tansmisiones Patrimoniales.
Creo que eso es todo y que es realmente así. No está de más que preguntes
en alguna gestoría o a la propia administración.
Salud y
