Ver mensaje
  #3  
Antiguo 05-12-2024, 20:25
Avatar de jiauka
jiauka jiauka esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 01-10-2010
Mensajes: 11,561
Agradecimientos que ha otorgado: 3,506
Recibió 6,473 Agradecimientos en 3,560 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Tratamiento fiscal alquiler barcos recreo

Es perfectamente legal usar tu barco en lista sexta para uso privativo.

La única excepción es si lo compras y te acojes a la ley 38/1992 que dice.

Estará exenta del impuesto la primera matriculación definitiva de las embarcaciones y los buques de recreo o de deportes náuticos, que se afecten efectiva y exclusivamente al ejercicio de actividades de alquiler.

Resumen, si has pagado IDMT e IVA, lo puedes usar a nivel particular sin problema.

Si no los has pagado lo debes dedicar en EXCLUSIVA a alquiler. Ni 1 solo dia de uso personal.
Citar y responder