Cita:
Originalmente publicado por deigloria
El impuesto de matriculación afecta al bien, no a la transmisión, y para ello se aplica el valor de las tablas. Hay consultas a Hacienda sobre ello y contestación positiva.
|
Exacto
V0081-07
"De los anteriores preceptos se desprende que cuando el medio de transporte a matricular sea usado, podrá determinarse la base imponible del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte haciéndose coincidir su importe con el resultante de aplicar las tablas de valoración de medios de transporte usados aprobadas por el Ministro de Economía y Hacienda, que estuviesen vigentes en la fecha de devengo del impuesto, teniendo la garantía de que en ese caso, la Administración no podrá emplear la tasación pericial contradictoria a que se refiere la Ley General Tributaria para rectificar dicha valoración. "
Saludos
