Cita:
Originalmente publicado por Grandote
Me parece que no. Nunca ha sido 5 millas paralelo a la costa. lo que ha cambiado es que antes era "a cinco millas en cualquier dirección de puerto, lugar de abrigo o PLAYA ACCESIBLE " lo cual te permitía dar la vuelta a la peninsula sin problema. Al eliminar el termino "playa" queda solo "lugar de abrigo" ¿Y quien decide lo que se considera "lugar de abrigo? Ahí está el quid. Lo que al patrullero le salga de los webs Un día voy a ir a capitanía a preguntarlo. A ver por donde me salen.
|
No te canses que no merece la pena. Yo creo que lo dejan asi de ambiguo para tener siempre por donde sancionar. Además, el sancionador de turno,generalmente no se sabe la normativa y te pone la propuesta de sancion sin indicar qué articulo o que ley estas infringiendo y ya si eso tu te buscarás la vida para reclamar si por lo que sea se ha equivocado. Luego nos dicen que "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", pero los que si que tenían que saberse la ley porque es su trabajo no tienen ningun problema en sancionar sin saberse las leyes o interpretándolas como les da la gana.
Es lo que hay en el pais de los recaudadores.