Cita:
Originalmente publicado por Pepitake
La obligación de guardar facturas y documentos es de 4 años. Tras lo cual pueden ser destruidas.
Me imagino q por eso no tienen prisa en aportaros los documentos solicitados.
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Hasta el 30 de junio de 2025, está vigente el ejercicio de 2024, por lo que
los 4 años que indicas, son los ejercicios de 2020, 2021, 2022 y 2023.
En estos momentos estoy en Canarias, pero en cuanto regrese a la península,
les volveré a hacer hincapié en mi deseo de revisar los ejercicios en curso y
espero que me den cita para antes del mencionado 30 de junio de 2025.
Hoy me han cargado la cuota de este año, se supone que eso me da derecho
a poder examinar las cuentas.
Un abrazo a tod@s. Salud y
