La legislación portuguesa sobre la navegabilidad del Guadiana establece: El canal navegable implantado entre la desembocadura y Pomarão tiene una anchura mínima de 30 m y una cota mínima de servicio de -2,00 m ZH, pudiendo ser utilizado, sin restricciones, por buques de 70 m de eslora, manga no superior a 10m y calado máximo de 2,80m.
