Re: Anuladas las pruebas extraordinarias de CY en Galicia
Para mi - es una opinión - el RD 875 esta bien como está, lo que no está bien es que Galicia celebre dos convocatorias, una Ordinaria donde se puede presentar quien quiera por libre o por escuelas, y despues otra " Extraordinaria " donde solo tienen acceso " las escuelas,
esto es una Aberración
Para que pueda realizarse la convocatoria extraordinaria en un centro de enseñanza será necesario reunir un mínimo de 15 personas inscritas para las titulaciones de patrón/patrona de embarcaciones de recreo y patrón/patrona para navegación básica, y 10 para patrón/patrona de yate y capitán/capitana de yate. Si el centro de enseñanza no alcanza el número mínimo requerido no podrá realizar el examen. En este caso, los/las alumnos/as deberán realizar el examen en el lugar indicado por la Dirección General de Desarrollo Pesquero. En caso de no poder realizarse una convocatoria de examen, las personas matriculadas tendrán que solicitar la devolución de la tasa y no podrán utilizarla para la siguiente convocatoria.
P.D Entodas las comunidades se celebra una sola convocatoria, donde pueden acceder todos los ciudadanos que lo deseen,
Fijense bien en lo que dice el articulo, si los centros de enselanza no alcanzan el numero de alumnos no podran celebrar el examen, o sea que el examen lo hace el centro de enseñanza no un tribunal de la xunta, eso si el examen se celebrara en el lugar que indique la dirección de pesca
estamos aviados,
Editado por Paco Aniorte en 07-03-2025 a las 20:14.
|