Buenas tardes compañero:
Respuesta corta: (para mí) la 18 no es impugnable, la 20 y la 17 si.
Respuesta larga: mírate por gusto la convocatoria de julio 2023 de Alicante y la de hace un año (abril 2024), verás la desfachatez del tribunal. La 20 es de juzgado de guardia y en la 17 terminan con un enunciado que no hay por donde cogerlo (aparte que ni editar las preguntas y menos las respuestas) el enunciado de la 17 termina por no saber por dónde tomar nada.
Por supuesto que los he visto, revisado y resuelto. Solo dime si quieres que me extienda en este tema.
Rondas para Ares.
Pd: siéntate antes de ver las convocatorias que te digo porque te va a dar una subida de tensión.
