Cita:
Originalmente publicado por JGM
He pedido cita previa en la Dir. Gral. de la Marina Mercante. Para que me aclaren este asunto de manera oficial, pero en mi caso concreto:
-El barco que pensaba adquirir ya está en lista 6ª
-Tiene pagado el 12% y el IVA y lo venden con factura con IVA (de empresa a empresa)
-Voy a cederlo en verano a una empresa de charter para que gestione el alquiler, con patrón siempre.
-Voy a declarar los ingresos con alta en Hacienda correspondiente.
Es decir, mi única duda es si yo lo puedo utilizar con libertad cuando no esté alquilado, que será sin duda desde mediados de Septiembre hasta primeros de Junio.
La idea final es que con este sistema, los gastos de amarre y mantenimiento, quedan muy reducidos o con suerte compensados con los rendimientos del alquiler, y esto me permite adquirir un barco mas nuevo que el que tenia inicialmente previsto.
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La consulta deberías hacerla a Dirección General de Tributos:
https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Normativa%20y%20doctrina/Doctrina/Paginas/ConsultasDGT.aspx
Es por parte de Hacienda donde puedes tener problemas. Desde no permitirte deducir los gastos (salvo los directamente vinculados a un alquiler concreto) a considerar un rendimiento en especie los días que tu disfrutes la embarcación.
Suerte
