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Antiguo 11-04-2025, 09:19
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Predeterminado Re: Uso privado velero lista 6ª

Si tienes IVA y Matriculación pagado, podrás usar tu barco de la 6ª como particular tranquilamente.

Si no tienes IVA o matriculación pagado, NO puedes hacer uso como particular de tu propio barco estando matriculado en la 6ª


El impuesto de matriculación 12% se paga una sola vez, cuando el barco, de eslora mayor de 8 metros, se matricule por primera vez en España. Ojo, el ciudadano espagnolo que compre un barco de bandera por ejemplo francesa y lo traiga a España y lo ponga con bandera polaca, también paga si ese barco no ha estado matriculado antes en España. Para ciudadanos extranjeros residentes o de paso por España, hay otra normativa y algunas exenciones.

Lo que comentáis de la exención a los 4 años, es cuando lo abanderas para CHARTER (sin uno mixto) y al 4º o 5º años lo puedes usar de forma privada. NO creo que quede exento en general.

Es una regulación similar para aviones y coches.





Cita:
Originalmente publicado por dr.spooky Ver mensaje
Hola.


Si está pagado el IEDMT (Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte), no tendrás problema. Parece ser que te lo puedes evitar si vas a matricular en lista 6.

Si no está pagado el IEDMT, cuando la embarcación tenga una antigüedad de más de 4 años, tampoco tendrás problemas.

https://anpper.es/los-armadores-si-p...odo-privativo/
https://anpper.es/wp-content/uploads...l_charter1.pdf

Pero bueno, no soy abogado, y la legislación española es de lo peorcito, y si vamos a cuestiones de fiscalidad, apaga y vámonos.
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Editado por Manila1886 en 11-04-2025 a las 09:34.
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