
Cuidado con los consejos jurídicos cuando no se es jurista, que pueden llevar a confusión. En España los contratos entre particulares se ordenan por el Título IV del Código Civil de 1889. Eso, si no se es residente en una de las CCAA con Régimen Foral propio, donde este prevalece sobre aquel CC, por ejemplo, en Cataluña ex Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos...
El plazo de la obligación de saneamiento per evicción es de 6 meses, en todo el territorio.
A parte de por la Ley General Tributaria, AJD/ATP..... en cuanto a obligaciones fiscales.

