Cita:
Originalmente publicado por jiauka
"Ley aplicable al caso del accidente en cuestión, así como remarcar especial interés al Convenio de Londres sobre salvamento marítimo de 1989.
Por otro lado, debe hacerse hincapié sobre lo sucedido el 6 de junio de 1983,"
Impresionante,aplicar leyes futuras, no sabía que ya hubiese viajes en el tiempo en 1983...
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La defensa la llevó un catedrático o profesor de derecho náutico, usando una ley en vigor muy antigua del 1950 creo, ganó el pleito y tuvieron que pagar rescate e indemnizar a la tripulación, sobre un 1.000.000 de 1983 de pesetas, según ley (unos 30.000 € o 6.000.000 de pesetas)
"descubrió José María Ruiz Soroa una ley británica en vigor, la Maritime Conventions Act de 1911, cuyo artículo 7 ordenaba repartir el premio por salvamento with the law of the country to which the vessel belongs, es decir: de acuerdo con la ley del buque salvador. De modo que ya en Madrid, en la embajada del Reino Unido en España, el embajador y Ruiz Soroa firmaron un nuevo LOF que esta vez incluía la clausula negada por el cónsul británico en Tenerife."
https://www.naucher.com/la-historia-...a-del-alraigo/
El embargo fue del Harrier, a los dos dias porque no dejaban, con buen criterio descargarlo y darselo al pais de los piratas. Eso es independiente si la naviera tenia deudas, que si las tenia y al haber hecho publica que iba a usar el derecho de rescate antes de llegar o, a puerto, pues es logico que los acreedores embargaran al buque para cobrar en un futuro sobre esos pagos o sobre el derecho de cobro
Son dos cosas relacionadas, dos embargos, pero distintos planos legales e independientes y sobre distintas partes.
Pues en este caso puede pasar igual; la interpretación del Manual ofcial del Perini y su no o si cumplimento por el Capitan en todos los aspectos que desconocemos
El resto es humo de pajas, ruido, desviar el tema y lanzarse contra quien no opina lo que se quiere leer