Cita:
Originalmente publicado por flipk12
Más bien es un tema estadístico. ¿Cuál es el porcentaje de embarcaciones belgas o polacas que avistan sobre el resto, cuál es el porcentaje de embarcaciones belgas o polacas que controlan? Si ambos porcentajes coinciden no hay persecución, en caso contrario, llámalo sesgo si quieres.
En referencia al sesgo lo que sucede básicamente es que es difícil de demostrar, pero si se demuestra no es del todo legal, mientras que usar una bandera de conveniencia si que lo es, no sólo legal sino habitual.
¿Qué pasa si hay sesgo en los controles?
Si un control se realiza de forma discriminatoria o arbitraria, podría vulnerar:
El artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
El principio de legalidad y proporcionalidad en la actuación de las fuerzas de seguridad.
Normas internacionales como el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En caso de sospecha de sesgo, el afectado puede:
Solicitar identificación del agente y motivo del control.
Recurrir la sanción si considera que ha sido objeto de trato discriminatorio.
Presentar una queja o denuncia ante el organismo correspondiente (Defensor del Pueblo, juzgados, etc.).
Esto es el resultado de una simple consulta de que hacer si se sospecha sesgo en controles de alcoholemia o documentación en carretera, circunstancia bastante parecida.
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Tu palabra contra la de cuatro o cinco agentes que van en la patrullera , en medio del mar y sin testigos.
Perdóname compañero pero por muy democrático que parezca lo que comentas es una utopía y ellos lo saben por eso actúan así.