Buenas tardes, ya hay noticias y no son buenas. Vuelven a la carga con más fuerza. Con los recursos a la resolución se dieron cuenta que con ella no podían modificar aspectos regulados en un real decreto, y ahora camuflándolo entre medidas para la pesca profesional, proponen para los recreativos entre otras cosas, modificar el real decreto 347/2011 de 11 de marzo que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores, limitando la pesca y embarque de las especies del anexo II sólo a las embarcaciones con pabellón español, prohibiéndoselo al resto de pabellones.
Prohíben a los deportivos en todos los caladeros la pesca del besugo, en el norte la lubina, y en general otro montón de especies que incluyen en el anexo I.
También incluyen en el anexo II el besugo, la lubina, el abadejo, bacalao, el lenguado y la llampuga, por lo que el permiso para la pesca de estas especies irá ligado a la embarcación.
Me extrañaba que se hubieran dado por vencidos con las miles y miles de alegaciones que se hicieron a su resolución.
Plazo alegaciones hasta el 20 de septiembre de 2025.
Ahí os dejo el enlace
https://www.mapa.gob.es/es/pesca/par...iencia-publica