Cita:
Originalmente publicado por Josejoaquin
Pues con lo que respecta a las concesiones de varaderos, en clubes deportivos sí que existe una gran diferencia.
Para que te concedan en un club deportivo un espacio , debes seguir estrictamente las normas que en contrato público te dan por parte deportivo la comunidad autónoma correspondiente.
Que se supone es público, y sin embargo esas normas no te las da el concesionario , precisamente para que no veas a qué tienes derecho, yo he visto una (todas no son nunca iguales), y en ella destaca claramente que salvo los gastos que debes pagar en sus tarifas (también deben estar autorizadas por la comunidad autónoma), por Grua, espacio ocupado , luz, agua y otros, no pueden prohibirte que , y siguiendo las normas impuestas, puedas hacer tus labores de mantenimiento a tu propia embarcación.
Pero claro pide el escrito de la adjudicación y verás como no te las dan.

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Justo lo que decía dependerá de las condiciones de la adjudicación, entiendo.
Y si les dejan gestionarlo sin restricción pues podrán poner sus condiciones supongo.. pero vamos no quiere decir que yo lo apoye ni mucho menos